Un proyecto de ley que declara a la provincia de Río Negro no eutanásica, a favor del derecho a la vida de los animales, presentó el legislador radical Bautista Mendioroz.
La iniciativa, además, promueve
declarar obligatorio en la provincia de Río Negro la vacunación, el
tratamiento antiparasitario de perros y gatos y la aplicación de los
métodos que correspondan para la prevención de todo tipo de
zoonosis.
También busca adoptar como único método
ético y eficiente para el control del crecimiento poblacional de perros y
gatos, la práctica masiva de esterilización quirúrgica, de acuerdo a los
protocolos veterinarios de actuación, en todo el ámbito de la
provincia.
“Esta iniciativa intenta cubrir un vacío legal y
ha sido promovida por “Perros Abandonados y Maltratados de Viedma”
(PAMVI), asociación intermedia que como tantas otras lucha por la
protección integral de los animales y por resolver el problema de la
superpoblación de la fauna urbana de una manera eficaz y ética”, destacó
Mendioroz.
En
cuanto a las obligaciones de tenedores de animales, procura establecer que
son responsables de mantener a sus mascotas en buenas condiciones
alimentarias, higiénicas, sanitarias y recreativas, debiendo procurarles
instalaciones adecuadas para su cobijo y esparcimiento, correspondiéndoles
ante su incumplimiento las sanciones que deriven de la aplicación de la
Ley Nacional 14.316.
Otro aspecto de la propuesta parlamentaria
apunta a que el Estado provincial garantiza la gratuidad de las
todas las prácticas sanitarias y de esterilización quirúrgica masiva de
perros y gatos domésticos callejeros.
Mendioroz resaltó que “el interés por
el bienestar de los animales y por mejorar las condiciones de convivencia
de la fauna urbana con el hombre ha ido creciendo en forma notable en la
última década. Esto se ha visto claramente reflejado en una diversidad de
normas que se ocupan de la problemática, tratando de atender
equilibradamente los derechos de unos y otros”.
Refirió que la reforma de 1994 de la
Constitución Nacional incluyó nuevos derechos y garantías, tales como la
preservación y protección de la diversidad biológica y el de los animales
a gozar de un ambiente sano.
Resaltó que “la Argentina cuenta con
la Ley Nacional Nº 14.346, que establece penas para las personas que
maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales, la que
data del año 1954 y es pionera en América Latina”.
Agregó: “El espíritu de ambas normas
sumado a la clara tendencia proteccionista a nivel mundial, fue dando
lugar a que los estados provinciales avancen en el dictado de leyes que
afortunadamente tienden a echar por tierra aquellos cruentos métodos
reñidos con la ética, a través de los cuales y en pos del control
demográfico se procedía al sacrificio indiscriminado de perros y gatos”.
Luego de mencionar las normas de
protección que rigen en la ciudad de Buenos Aires y las provincias de Río
Negro, Mendoza y Buenos Aires, como también en otras jurisdicciones del
país, Mendioroz aludió que “a nadie escapa a esta altura que la tenencia
responsable y el cuidado de perros y gatos, contribuye directamente tanto
al mejoramiento del estado sanitario de los mismos como del bienestar de
la comunidad en su conjunto; entendiéndose por “cuidado sanitario” la
vacunación, la desparasitación y la esterilización quirúrgica, y por
“tenencia responsable” la provisión de condiciones básicas de calidad de
vida, a saber: la salud, la alimentación, el espacio para su descanso y
recreación”.
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