La
audiencia contó además con la presencia de la Fiscal de Cámara Dra.
Adriana Zaratiegui, el Dr. Ariel Alice patrocinante de la parte
querellante, Sra. Jacquelina Myriam Allegáis y el Dr. Marcelo Chironi,
Defensor Penal del imputado y el propio Deglise.
En la
audiencia, la Fiscal de Cámara ofreció al imputado y a su defensor, la
realización de juicio abreviado calificando al hecho como "Estafa dos
hechos concursados realmente, los que a su vez se concursan idealmente con
el delito de uso de documento público falso" Arts. 172, 292 en función del
296, 54 y 55 del Código Penal; solicitando se condene por el mismo a la
pena de dos años de prisión en suspenso, más dos años de cumplimiento de
las pautas contenidas en el inciso 1ro. del Art. 27 bis del C.P.
Posteriormente el Dr. Cerdera puso en conocimiento del
imputado sus derechos y explicó los alcances del acuerdo, como así también
de su facultad de aceptar o no la propuesta formulada, ante lo cual
Deglise reconoció la autoría del hecho, la calificación legal “prima
facie”, coautor del delito de estafa (dos hechos concursados realmente),
en concurso ideal con Uso de Documento Público Falso (art. 172, 292 en
función del 296, 54 y 55 del C. Penal).
Luego
el Dr Cerdera preguntó a la querellante y su patrocinante si aceptan el
acuerdo a lo que responden que sí, tras lo cual y previa deliberación del
Tribunal, se hace saber que el acuerdo propuesto es aceptado y que la
lectura del fallo definitivo se efectuará el día 21 de octubre del
corriente año a las 12:30 horas.
Con
respecto al hecho, se le imputa a Deglise, en fecha que se ubica con
anterioridad al 2 de abril de 2003, la confección de un documento público
–elaborado en papel identificado como Folio de Actuación Extraprotocolar
AA Nº 0229307, emanado supuestamente del Colegio de escribanos de la
provincia de Entre Ríos-, por el cual falsamente se habría consignado que Jaquelina
Myriam Allegri, le otorgaba un poder especial al imputado, para que con su
nombre realice todas las
gestiones de venta, firme y de recibos en su representación.
Dicho
instrumento falso habría sido utilizado posteriormente en el Balneario Las
grutas, en fecha 2 de abril de 2003, para generar el error que culminara
con la venta de los lotes identificados como Nº 9 y 10 de la Manzana 738
“A”, ubicados en el Barrio Golfo San Matías a Roberto Scantamburlo, Ariela
Sepúlveda Aplablaza y María Eugenia Altuna, el segundo y a Omar Domingo
Andrés.
Con
respecto a Cesar Julio Deglise, el mismo tiene domicilio en Paso de Los
Libres, provincia de Corrientes y actualmente está detenido en la Unidad
17 de Candelarias en la Provincia de Misiones-, por lo cual ante la
requisitoria del Tribunal fue traido especialmente a Viedma por una
comisión policial.
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