El Superior
Tribunal de Justicia de Río Negro, denegó el recurso extraordinario
federal interpuesto por los
querellantes Ángel Abraham Vainstein y Marina Schifrin, contra la Sentencia del STJ que
había declarado formalmente inadmisible el recurso de casación, en el que
se planteaba que el comentario publicado debajo de una carta de lectores
en un sitio web, constituía injuria.
En el
Expediente consta que contra lo decidido por el Juzgado Correccional Nº 8
de San Carlos de Bariloche que había sobreseído a Marcelo Héctor Parra y
Néstor Luis Echarte por el hecho que les habían atribuido aquellos (art.
306 inc. 1 segundo supuesto C.P.P. en función de los arts. 2, 49 y 113
C.P.), los querellantes interpusieron recurso de casación el que fue
rechazado por Sentencia Nº 23 del Superior Tribunal de Justicia en fecha
29 de marzo de 2011 y confirmó la Sentencia antes mencionada, contra la
cual dedujeron recurso extraordinario federal ahora
rechazado
La
acción fue iniciada por Ángel Vainstein y Marina Schifrin contra Néstor
Echarte y Marcelo Parra –editores y productor responsable del sitio web
Barinoticias–, a quienes se les atribuye haber mantenido y reproducido la
publicación de un texto que consideran injurioso, publicado debajo de otro
de una carta de lectores de autoría de los querellantes.
En la
sentencia, los Jueces explicaron que, “en el análisis formal del recurso
extraordinario federal y de la viabilidad formal del mismo, se advierte
que éste no cumple con los requisitos contenidos en el marco reglamentario
establecido en la Acordada N° 4/2007 por la Corte Suprema de Justicia de
la Nación.”
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