sábado, 17 de septiembre de 2011

MIENTRAS SORIA Y BARBEITO PROMUEVEN LA MINERIA DE ORO CON CIANURO, ODARDA PROTEGERÁ LOS GLACIARES Y RESERVAS DE AGUA DULCE RIONEGRINAS

La candidata a gobernadora Magdalena Odarda (CC ARI) manifestó que de ser gobernadora, su gestión promoverá la protección de los glaciares rionegrinos cordilleranos como reservas estratégicas. Asimismo se protegerán los ambientes periglaciales, que rodean a los glaciares, pues estos revisten gran importancia como reservorios de agua y regulación de los ríos, lagos y otras fuentes imprescindibles para el uso humano, la agricultura y otras actividades económicas. 
 

Soria y Barbeito se han pronunciado a favor de modificar la ley minera anticianuro, lo cual afectaría entre otros recursos, el agua indispensable para la vida. Mientras que Odarda es autora del proyecto de ley que protege los glaciares y ambientes periglaciales rionegrinos, que ha sido aprobado en primera vuelta por la legislatura provincial.
El proyecto de ley provincial fue presentado en el 2009 con el fin de “preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico”, tal como refiere su artículo 1º en relación a los glaciares y los ambientes periglaciales.

Agrega el mismo artículo que: “La presente ley tutela la propiedad de los ambientes glacial y periglacial como pertenecientes al dominio público de la Provincia de Río Negro,…” y finaliza determinando que “Los glaciares constituyen bienes de carácter público, son propiedad del Estado provincial (art. 124 in fine de la Constitución Nacional) y se consideran cosas fuera del comercio (art. 953 del Código Civil) y por lo tanto inenajenables.”. Este párrafo marca una diferencia notable respecto a la ley nacional a favor de la protección de los glaciares, pues serán propiedad del estado y no podrán ser vendidos. 
Las actividades prohibidas en los glaciares y ambientes periglaciales serán: a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial.
b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción las necesarias para la investigación científica y la prevención de riesgos;
c) La prospección, exploración y explotación minera o petrolífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial.
d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial.
e) La venta de terrenos ocupados por glaciares definidos en el Art. 2.

Rio Negro seria una de las pocas provincias que prohíbe en forma concreta toda actividad minera en glaciares y ambientes periglaciales.
Es importante destacar que el proyecto de Odarda despertó el interés de algunas organizaciones sociales nacionales, entre ellas el CEDHA –Centro de Derechos Humanos y Ambiente-, que hizo algunas sugerencias que fueron tomadas en cuenta en la redacción definitiva.

“Río Negro tiene varios glaciares y pocos rionegrinos conocen de su existencia e importancia. El mas estudiado es el Glaciar del Cerro Tronador en cercanías a Bariloche en el Parque Nacional Nahuel Huapi. También hay que destacar al Glaciar Rio Manso, llamado Ventisquero Negro y el glaciar Frías, entre los registrados por el IANIGLA; pero muchos más deben ser inventariados, estudiados y protegidos tanto por razones ambientales como estratégicas, pues constituyen fábricas de agua para los pueblos del presente y del futuro” afirmó Odarda.

PRENSA CC ARI

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